ÁREA DE PRÁCTICA
Servicios Migratorios
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Panamá es una de las economías más prósperas de la región y cuenta con una ubicación estratégica que le permite ser puente de comunicación entre Europa, Asia y América. Esto atrae a personas y empresas extranjeras que buscan oportunidades en el país y por ello requieren de una asesoría legal de un abogado de migración en Panamá.
Ponemos a su disposición nuestra amplia experiencia en materia migratoria, asesorando tanto a compañías transnacionales como a clientes extranjeros en la reubicación y traslados de ejecutivos y sus familias, en las solicitudes de residencia temporal y permanente, y sus respectivos permisos de trabajo. A su vez, acompañamos y asesoramos al inversionista y al rentista retirado en todo el proceso de legalización de su estatus migratorio.
Para empresas transnacionales
Servicios que ofrecemos
Debido a la cantidad de opciones disponibles para obtener una visa como residente temporal o como residente permanente dentro del territorio panameño, es importante que cuente con asistencia legal profesional de un abogado de migración en Panamá para hacer su proceso mucho más manejable.
Podemos proporcionarle asesoramiento personalizado, guiándolo a escoger la opción que más le convenga a los ejecutivos de su empresa o para usted y su familia.
- Consultas en materia migratoria.
- Permisos para No Residentes.
- Permisos para Residentes Permanentes.
- Permisos para Residentes Temporales.
- Asesoría en reubicación familiar local para expatriados.
La reubicación de ejecutivos y sus familias implica la obtención de la residencia temporal o permanente otorgada por el Servicio Nacional de Migración. La residencia temporal puede conducir a la residencia permanente tras demostrar que ha vivido de forma continuada en el país y se ha cumplido con diversas obligaciones.
Existen diferentes tipos de visas que permiten residir y trabajar en el país por un periodo de tiempo determinado o indefinido. Algunas de las más solicitadas para ejecutivos son:
- Residente temporal extranjero contratado como ejecutivo en empresas de la zona libre de Colón.
- Residente temporal como personal extranjero contratado por empresas privadas dentro del 10% del personal ordinario.
- Residente temporal como personal extranjero contratado como experto o técnico dentro del 15% del personal ordinario.
- Residente permanente como inversionista de macro-empresa.
Permiso de trabajo para laborar en Panamá
Tener un permiso de trabajo emitido por el Ministerio de Trabajo de Panamá es crucial para los empleados extranjeros. Estos pueden variar en función de la naturaleza de la categoría de visa, el contrato de trabajo y los requisitos de cada profesión e industria.
Existen ciertas profesiones que no aplican para obtener el permiso de trabajo, por ello lo invitamos a comunicarse con nosotros para que podamos brindarle la asistencia requerida en materia de obtención de este requisito laboral.
Visa para inversores
Panamá cuenta con un proceso para legalizar su estatus migratorio si usted planea invertir en el país. Existen varios tipos de visas bajo esta categoría, entre las cuales destacan:
- Visa para inversores comerciales.
- Visa de países específicos.
- Visa de solvencia económica propia.
- Visa de inversor calificado.
- Visa de inversionista forestal.
Para aplicar a ellas debe elegir una opción de inversión y la documentación variará según cuál sea el tipo de visa seleccionada.
Jubilación en Panamá
El atractivo de Panamá como destino de jubilación es innegable. Ofrece una vida relajada, un clima favorable y un bajo costo de la vida en comparación a otros países. El programa de visa para jubilados y pensionados es una opción atractiva, que proporciona beneficios como exenciones fiscales y descuentos.
Podrá solicitar este tipo de permiso el extranjero que reciban jubilación o pensión por parte de un gobierno extranjero, organismo internacional o empresa privada, que ingresen al territorio nacional para radicarse en él, la renta o pensión mensual no podrá ser inferior a Mil Balboas (B/.1,000.00), salvo que el solicitante haya adquirido una propiedad a título personal en el territorio nacional por una suma superior a los Cien Mil Balboas (B/.100,000.00), para lo cual la pensión podrá ser por un mínimo de Setecientos Cincuenta (B/.750.00); sin embargo, en ambos supuestos debe estar concedida en forma vitalicia.